Certificado de cambio de uso · Arquitectos colegiados en Canarias

Cambio de uso de tu inmueble en Canarias

¿Quieres convertir un local en vivienda, una vivienda en oficina o dar otro uso a tu inmueble? Visitamos el inmueble, comprobamos si el nuevo uso es viable en tu municipio y redactamos el proyecto técnico con firma de arquitecto colegiado, con la dirección de obra y el certificado final. Con visita técnica en las ocho islas.

Arquitecto colegiado · COAM n.º 21550 COACTFE n.º 21413 Las ocho islas
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Tipos de cambio de uso

¿Qué uso le quieres dar a tu inmueble?

Dinos qué tienes y en qué lo quieres convertir. Cada cambio de uso empieza con una visita para comprobar si es viable, y el proyecto lo firma un arquitecto colegiado.

Todos Local → Vivienda Vivienda → Oficina Local → Oficina Garaje / Almacén → Vivienda
Proceso

Cómo trabajamos tu cambio de uso

Siempre empezamos con una visita al inmueble: antes de proyectar nada, comprobamos si el nuevo uso es posible.

Paso 01

Nos cuentas tu caso

Rellena el formulario con la ubicación del inmueble, su uso actual y el que quieres darle. Te contactamos para concretar la visita.

Paso 02

Visita de viabilidad

Visitamos el inmueble para evaluar la viabilidad urbanística y normativa del nuevo uso, y vemos si hacen falta obras previas.

Paso 03

Presupuesto

Con lo que hemos visto, te damos el presupuesto del proyecto técnico, la dirección de obra y el certificado final de obra.

Paso 04

Proyecto, obra y certificado final

Redactamos el proyecto con firma de arquitecto colegiado, dirigimos la obra y emitimos el certificado final, que acompaña la comunicación del cambio de uso al ayuntamiento.

Antonio Díaz Jerez, arquitecto colegiado
Quién firma tu trámite
Antonio Díaz Jerez
Arquitecto colegiado · Director técnico
COAM n.º 21.550COACTFE n.º 21.413

Revisa y firma cada expediente bajo su responsabilidad profesional. Trabaja junto a su hermano Norberto Díaz Jerez, arquitecto colegiado (COACTFE n.º 3.071). Conoce al equipo →

Viabilidad antes del proyecto
Primero comprobamos en la visita si tu cambio de uso es posible. Sin sorpresas.
Firma de arquitecto colegiado
Cada proyecto lo revisa y lo firma un arquitecto colegiado (COAM 21.550 · COACTFE 21.413).
Las 8 islas, un solo interlocutor
Trabajamos en todo el archipiélago y coordinamos la visita según la isla.
Sin compromiso

¿Tu cambio de uso es viable? Te ayudamos a saberlo

Cuéntanos tu caso y te enviamos un presupuesto cerrado, sin compromiso. Antes de proyectar nada, comprobamos que el nuevo uso es posible.

Contacto

Cuéntanos tu caso y vemos si es viable

Presupuesto sin compromiso. Te contestamos con los pasos a seguir y un presupuesto cerrado.

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Visita técnica Viabilidad antes del proyecto Firma colegiada Datos protegidos
Tus datos son confidenciales y nunca se comparten con terceros (RGPD).
Información

Qué es el cambio de uso de un inmueble

El cambio de uso es el trámite para dar a un inmueble un uso distinto del que tiene autorizado: pasar de local comercial a vivienda, de vivienda a oficina o de garaje a vivienda, por ejemplo. No basta con hacer una reforma: hay que comprobar que el nuevo uso lo permite el planeamiento del municipio, que el inmueble cumple las condiciones técnicas y de habitabilidad que le corresponden, y contar con un proyecto firmado por un técnico competente. Una vez hecho, el nuevo uso se puede llevar también al Catastro y al Registro de la Propiedad.

El certificado de cambio de uso es la documentación técnica, firmada por arquitecto colegiado, que acredita que el inmueble cumple con lo que exige su nuevo uso. Es la pieza que se presenta en el ayuntamiento.

Cómo se tramita el cambio de uso en Canarias

En Canarias, el marco general es la Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, que junto con el Plan General de Ordenación de cada municipio decide qué usos se admiten en cada zona. La compatibilidad con ese planeamiento es lo primero que comprobamos.

  • El cambio de uso se comunica al ayuntamiento mediante una comunicación previa, sin licencia urbanística (art. 332 de la Ley 4/2017). Si las obras necesarias están sujetas a licencia, se pide también la licencia de obra.
  • Si el nuevo uso es vivienda, la comunicación va acompañada del certificado final de obra del técnico, que acredita que la vivienda cumple la normativa para poder ocuparse (Decreto 182/2018). En un cambio de uso, eso es lo que hoy sustituye a la antigua cédula de habitabilidad. Más en cédula de habitabilidad en Canarias.
  • Cada ayuntamiento tiene su procedimiento, sus ordenanzas y sus tasas, y no todos lo tramitan igual. Por eso estudiamos cada caso en su municipio.

Dar a un inmueble un uso distinto del autorizado sin la documentación adecuada puede traer problemas: no poder venderlo o alquilarlo con los papeles en regla, dificultades para dar de alta los suministros, sanciones urbanísticas e incluso tener que deshacer las obras.

Importante: antes de comprar un local para convertirlo en vivienda o de invertir en una reforma, confirma que el cambio de uso es viable. Comprobarlo antes evita compras y obras que después no se pueden legalizar.

Cambio de uso de local a vivienda

Es uno de los cambios de uso más buscados en Canarias. Para que un local pueda ser vivienda tienen que cumplirse dos cosas: que el uso residencial esté admitido en ese local, y que la nueva vivienda cumpla las condiciones de habitabilidad del Decreto 117/2006 (superficie, altura, luz y ventilación naturales, cocina y baño). Si la obra toca elementos comunes del edificio, como la fachada o los patios, hace falta además el acuerdo de la comunidad.

Desde el Decreto ley 1/2024 de medidas urgentes en materia de vivienda, un local en un edificio de viviendas en suelo urbano puede pasar a vivienda aunque el planeamiento no lo prevea, salvo que el ayuntamiento lo haya excluido. Las viviendas que salen por esta vía no se pueden destinar a vivienda vacacional.

Lo comprobamos en la visita, antes de que inviertas nada. Si es viable, redactamos el proyecto, dirigimos la obra y emitimos el certificado final para comunicar el cambio de uso a tu ayuntamiento.

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Por qué hacerlo con arquitectos colegiados

  • Visita antes del proyecto: comprobamos en el inmueble si el cambio de uso es viable, sin invertir a ciegas.
  • Firma de arquitecto colegiado: proyecto y certificado final firmados por arquitecto colegiado, con plena validez ante el ayuntamiento.
  • Todo el proceso: proyecto técnico, dirección de obra y certificado final de obra.
  • Las 8 islas, un solo interlocutor: coordinamos la visita en la isla donde esté el inmueble.
  • Inmueble en regla: con el uso regularizado, lo puedes vender o alquilar con los papeles en orden.

Problemas frecuentes que resolvemos

Estos son algunos de los escenarios más comunes con los que llegan los propietarios y empresas canarias:

  • Locales en planta baja que llevan años cerrados y se quieren convertir en vivienda.
  • Viviendas que se van a destinar a oficina, consulta médica, despacho de abogados o actividad profesional.
  • Garajes, trasteros o almacenes que se pretenden hacer habitables.
  • Inmuebles cuyo uso real no coincide con el que consta en Catastro o en el Registro de la Propiedad.
  • Operaciones de compraventa que no avanzan porque el uso del inmueble no está regularizado.

Cómo trabajamos en Canarias

Trabajamos en todo el archipiélago. Nos cuentas dónde está el inmueble, su referencia catastral, su superficie, el uso que tiene y el que quieres darle, y coordinamos la visita de viabilidad en tu isla. Si el cambio de uso es posible, te damos el presupuesto, redactamos el proyecto con firma de arquitecto colegiado, dirigimos la obra y emitimos el certificado final de obra para comunicar el cambio de uso a tu ayuntamiento.

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¿En qué isla está tu inmueble?

Estudiamos y tramitamos cambios de uso en las ocho islas de Canarias, con visita técnica incluida. Elige la tuya para pedir presupuesto:

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el cambio de uso en Canarias

Lo que más se pregunta sobre el cambio de uso de un inmueble y cómo lo trabajamos.

Es la documentación técnica, firmada por arquitecto colegiado, que acredita que el inmueble cumple con lo que exige su nuevo uso. En Canarias se presenta en el ayuntamiento junto a la comunicación previa del cambio de uso y, si el nuevo uso es vivienda, incluye el certificado final de obra.
Siempre que vayas a dar a un inmueble un uso distinto del que tiene autorizado: por ejemplo, vivir en un local comercial, abrir una oficina en una vivienda o convertir un garaje en vivienda.
No siempre. El uso residencial tiene que estar admitido en ese local, y la nueva vivienda tiene que poder cumplir las condiciones de habitabilidad de Canarias. En edificios de viviendas en suelo urbano, el Decreto ley 1/2024 permite el cambio aunque el planeamiento no lo prevea, salvo que el ayuntamiento lo haya excluido. Lo comprobamos en la visita, antes de que inviertas en el proyecto o en la obra.
La visita de viabilidad, el proyecto técnico firmado por arquitecto colegiado, la dirección de obra y el certificado final de obra.
Sí, siempre. El arquitecto tiene que ver el inmueble para evaluar si el nuevo uso es viable y si hacen falta obras. Coordinamos la visita en la isla donde esté.
La ubicación del inmueble, su referencia catastral, la superficie aproximada, el uso que tiene y el que quieres darle. Con eso concretamos la visita.
Te lo decimos con claridad tras la visita y te explicamos los motivos, antes de que encargues el proyecto o la obra.
Depende del tipo de inmueble, de su superficie, del uso de destino y de las obras que haga falta. A eso se suman las tasas del ayuntamiento, que cambian de un municipio a otro. Te damos un presupuesto cerrado y sin compromiso.
Depende de las obras que haga falta y de cada ayuntamiento. Al darte el presupuesto te indicamos el plazo para tu caso.
Sí: Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera, El Hierro y La Graciosa, con visita técnica en cada caso.
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